jueves. 28.03.2024

La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía establece la época de peligro alto de incendios forestales con efectos desde el próximo día 1 de junio, mediante una orden publicada en el Diario Oficial de Extremadura que también regula el uso del fuego y las actividades que puedan provocar incendios durante dicha época para el año 2015.

Se entenderá por Época de Peligro Alto aquella en la que, por las condiciones meteorológicas, los riesgos de producción de incendios sean potencialmente elevados y aconsejen un despliegue máximo de los medios existentes y una regulación de los usos y actividades frente al incremento estacional del riesgo de incendio forestal.

Por este motivo, se declara Época de Peligro Alto de incendios forestales durante el año 2015, el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 15 de octubre, ambos inclusive. No obstante, y en función de las condiciones meteorológicas, podrá adelantarse o prorrogarse si las mismas lo aconsejan.

El ámbito de aplicación de esta orden se extenderá a todos los terrenos forestales y su zona de influencia. No obstante, las prohibiciones y limitaciones al uso del fuego y actividades que puedan causar incendios, se aplicarán además al resto de los terrenos, incluidos los agrícolas, urbanos e industriales, en espacios abiertos y semiabiertos.

Con carácter general, la base cartográfica para la medición de distancias a los efectos de dicha orden será la del SIGPAC en Extremadura.

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El 1 de junio comienza la época de máximo riesgo de incendios forestales