jueves. 28.03.2024

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en sentencia dictada por la sala de lo social, en el juicio seguido por vulneración de derechos fundamentales, denunciado por el Sindicato General de Trabajadores de Extremadura (SGTEX) contra la Junta de Extremadura y los tres sindicatos mayoritarios en la Administración General de la Comunidad Autónoma, ha dictado lo siguiente:

El Tribunal considera, en el fundamento cuarto de la Sentencia que: “se ha producido una vulneración del derecho a la negociación colectiva y de la libertad sindical, al excluir al Sindicato SGTEX de la tan nombrada Comisión de Seguimiento, que en realidad tiene funciones netamente negociadoras,debiendo, por ello, estimar la pretensión de SGTEX y por tanto, en el fallo de dicha sentencia, el Tribunal se pronuncia:

“ESTIMANDO la demanda interpuesta por el Sindicato SGTEX frente a la JUNTA DE EXTREMADURA, COMISIONES OBRERAS, UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES y CSIF, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal, sobre TUTELA DEL DERECHO DE LIBERTAD SINDICAL, DECLARAMOS la existencia de vulneración del derecho de libertad sindical del sindicato demandante y, en consecuencia, la nulidad de la conducta de los codemandados, consistente en su exclusión de la denominada Comisión de Seguimiento y Desarrollo del Acuerdo sobre reconocimiento de categorías al personal adscrito al PLAN INFOEX, para la adaptación de competencias en relación con las necesidades existentes en el entorno rural y natural de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ordenando el cese inmediato de la misma y la admisión del demandante en la Comisión de Seguimiento y Desarrollo del Acuerdo de 21 de mayo de 2015 antedicho, condenando a las demandadas a estar y pasar por la precedente declaración”.

Por lo tanto, desde este mismo lunes "estamos a la espera de que nos convoquen a la siguiente sesión de la Comisión de Seguimiento y Desarrollo", declara el sindicato en un comunicado.

SGTEX recuerda que en nota conjunta de los sindicatos mayoritarios se informaba a los trabajadores de su inquietud por el“Incierto futuro” de la Comisión de Seguimiento generada por el “interés particular de una parte que busca no avanzar” y “mantener todo prácticamente como está”

Este sindicato entiende que, a tenor de esta Sentencia, "queda sobradamente demostrada la falsedad de ambas afirmaciones y esperamos que el proceso continúe con la celeridad que se anunciaba, ya con la participación de todas las partes legitimadas para negocia"r.

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