sábado. 20.04.2024

El Diario Oficial de Extremadura publica la Orden General de Vedas de la temporada de caza 2016/2017 que incluye cuáles son los periodos hábiles de caza por cada especie cinegética. Este año, el periodo de caza mayor en las modalidades de montería, batida y gancho, se extenderá del 8 de octubre al 19 de febrero, y el de caza menor del 12 de octubre al 6 de enero.

La media veda se permite desde el 20 de agosto hasta el 11 de septiembre, en horario de 7:00 a 11:00 horas y a partir de las 17:00 horas, durante sábados, domingos y festivos de carácter nacional o regional para las especies codorniz en la modalidad de al salto, y tórtola común, palomas, estornino pinto, urraca, grajilla, ánade real y zorro en la modalidad de puesto fijo. En este periodo queda prohibida la utilización de reclamos, excepto para el zorro.

Además de estos datos generales, la normativa determina de forma detallada las especies cinegéticas que podrán ser objeto de caza esta temporada, los medios y modalidades de caza permitidas, las épocas, periodos y, en su caso, días hábiles de caza según las distintas especies y modalidades; las limitaciones generales en beneficio de las especies cinegéticas, las medidas para su control y aquellas otras disposiciones que se consideran de interés.

Este diario lo hacemos todos. Contribuye a su mantenimiento

ING Direct - Sierra de Gata Digital
Nº CC ES 80 1465 010099 1900183481

La temporada de caza ya tiene calendario